El Calendario Cristiano como herramienta devocional

Jano Molina
5 min readAug 11, 2022

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En una publicación anterior, escribí que el Calendario Cristiano es la forma que encontraron los cristianos de los primeros siglos para colocar a Cristo en el centro de su marcación del tiempo. Hoy más que nunca, la idea de tener un calendario diferente al calendario comercial, refuerza la idea de que el año del cristiano se desarrolla entre una serie de celebraciones y estaciones que conducen a los creyentes en un ciclo anual de recordación a través de los eventos más importantes de la vida de Jesús.

El Calendario Cristiano divide el año en estaciones que están relacionadas con la Historia de la Redención, como nacimiento, muerte, resurrección, ascensión de Jesús o el derramamiento del Espíritu Santo en Pentecostés; estas estaciones llevan nombres que probablemente has escuchado: Pascua, Pentecostés, Adviento, Navidad o Cuaresma.

Muchas veces el Calendario Cristiano se relaciona con el catolicismo romano, sin embargo Anglicanos y Luteranos también usan este calendario como guía litúrgica para la adoración comunitaria, con lecturas, cantos y sermones guiados por este calendario que, en estos casos, recibe el nombre de Calendario Litúrgico Cristiano.

Por otro lado, hay muchos cristianos evangélicos que o no usan este calendario. El principal argumento en contra es que se trataría de una práctica católica romana y por eso debe ser rechazado. La verdad es que no todo lo que se practica en el catolicismo romano está mal, como por ejemplo el uso del Credo Apostólico, la doctrina de la Trinidad, las dos naturalezas de Jesús, su nacimiento virginal o la resurrección. En este sentido no podemos hablar de rechazar a priori.

Algunos han rechazado el Calendario Cristiano por considerarlo una tradición humana, pero han adquirido costumbres como celebrar en el culto el día de la mamá, el día del niño, el día de la Reforma Protestante o el día del Pastor. Es lo que James Smith ha denominado como la adopción de prácticas culturales las cuales compiten por la lealtad de nuestros corazones [1]. Puede parecer que este tipo de celebraciones no son relevantes ni dañinas, pero Smith presenta buenos y suficientes argumentos para demostrar que las prácticas de ritmos y rituales culturales tienen un poder formativo profundo en las personas.

Como alguien que se considera parte de la tradición Reformada calvinista, cuando conocí este recurso hace algunos años atrás, tuve un conflicto al intentar encajar el Calendario Litúrgico Cristiano con el Principio Regulador del Culto [2] que, en vez de permitir todo aquello que no está prohibido en la Biblia, nos exhorta a que solamente se debe practicar aquello que es ordenado por Dios. La historia de Nadab y Abiú es un ejemplo de ello. Así también lo presenta la Confesión de Fe de Westminster, por ejemplo, donde dice que “el modo aceptable de adorar al verdadero Dios es instituido por Él mismo, y está tan limitado por su propia voluntad revelada” [3] y que no debe ser hecho de “ningún otro modo no prescrito en las Santas Escrituras” [4]. En otro de los documentos confesionales que tengo como herencia, el Catecismo de Heidelberg, dice lo mismo, pero de manera más resumida: que no “lo adoremos en ninguna otra forma que la que ha sido ordenada en la Palabra de Dios” [5].

Por esta razón, y queriendo ser fiel a la Palabra y a esta herencia Reformada, creo que, a pesar de no poder usar el Calendario Litúrgico Cristiano en el culto público, ni las Confesiones y Catecismos, ni la Palabra nos limita al uso devocional personal de este recurso pedagógico. Romanos 14 nos otorga esa libertad individual:

Uno juzga que un día es superior a otro, otro juzga iguales todos los días. Cada cual esté plenamente convencido según su propio sentir. El que guarda cierto día, para el Señor lo guarda. El que come, para el Señor come, pues da gracias a Dios; y el que no come, para el Señor se abstiene, y da gracias a Dios. (Romanos 14:5–6 — NBLA)

Reafirmando la reflexión anterior, el texto no habla de una situación como siendo practicada por una iglesia, o grupos en casa, sino de una práctica como devoción personal. El apóstol Pablo escribe usando las expresiones en modo singular. De hecho, el versículo 5 termina claramente diciendo “Cada cual esté plenamente convencido según su propio sentir”. O sea, Romanos 14 no nos da una libertad para el culto público, pero sí para la devoción personal.

Eso no quita, a mi parecer, la posibilidad de que las comunidades Reformadas puedan celebrar fechas especiales, como Navidad o Pascua. No creo que sea una falta al Principio Regulador del Culto. La Confesión de Fe de Westminster parece otorgar esa posibilidad cuando dice que en la adoración y el día de reposo “las acciones de gracias en ocasiones especiales, han de usarse, en sus tiempos respectivos, de una manera santa y religiosa” [6], según vemos en el Salmo 107, en Ester 9:22, y en Hebreos 12:28. Celebrar un culto de acción de gracias por la encarnación de Cristo en Navidad, o por su muerte y resurrección en Pascua, puede ser de mucha bendición para los creyentes, si se realiza piadosamente y no olvidando que la resurrección debe ser celebrada cada domingo.

Por estos motivos, no veo problema en usar el Calendario Cristiano (y hago la diferencia entre Calendario Cristiano y Calendario Litúrgico Cristiano) en el contexto personal e incluso familiar, donde podemos decorar la casa conmemorativamente, usando el Calendario Cristiano como herramienta pedagógica, haciendo las lecturas del Adviento o de la Pascua. Son instancias de aprendizaje, donde podemos recordar y compartir los fundamentos de nuestra fe.

Hay una riqueza oculta, como dije en mi post anterior sobre este asunto, en el Calendario Cristiano. Una riqueza que, en la experiencia, nos ha permitido, como familia, recordar cada año, secuencialmente, la Historia de la Redención en la obra del Padre, y del Hijo, y del Espíritu Santo en los creyentes y en el mundo.

[1] Smith, J., Você é aquilo que ama: o poder espiritual do hábito, Vida Nova: São Paulo, Brasil, 2017, p.45
[2] Para saber más sobre esto, visita https://www.coalicionporelevangelio.org/articulo/principio-regulativo-adoracion/
[3] Confesión de Fe de Westminster, Cap.XXI, párrafo I
[4] Ídem
[5] Catecismo de Heidelberg, respuesta a pregunta 96
[6] Confesión de Fe de Westminster, Cap.XXI, párrafo V

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“Cor meum tibi offero, Domine, prompte et sincere”

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